SII en ERPNext: envía tus libros registro IVA en 4 días
El Suministro Inmediato de Información es obligatorio para grandes empresas, REDEME, grupos IVA y, desde 2025, para depósitos fiscales de hidrocarburos. Esta guía cubre quién está obligado, cómo funciona técnicamente el envío y cómo lo automatiza ERPNext con la localización española.

SII en una frase
El SII (Suministro Inmediato de Información) es el sistema de gestión del IVA basado en el envío electrónico de los libros registro a la AEAT en plazos máximos de 4 días naturales. Sustituye al modelo 340 y exime de presentar los modelos 347 (operaciones con terceros) y 390 (resumen anual IVA). Funciona vía web service XML/SOAP firmado con certificado del titular.
Es obligatorio para grandes empresas (facturación >6 M€), inscritos en REDEME, grupos IVA y, desde el 1 de enero de 2025, depósitos fiscales de hidrocarburos. Cualquier sujeto pasivo IVA puede acogerse voluntariamente. ERPNext con localización CodigoNext cubre el SII de fábrica con envío automatizado y dashboard de control.
Quién está obligado al SII en 2026
Cinco grupos. Si tu empresa entra en alguno, el SII no es opcional.
Grandes empresas (>6.010.121,04 € facturación anual)
Obligación automática al superar el umbral en el ejercicio anterior.
Inscritos en REDEME (Registro Devolución Mensual del IVA)
Obligación desde la entrada en REDEME, periodo de liquidación mensual.
Grupos IVA (régimen especial)
Cuando el grupo opta por el régimen especial del grupo de entidades en IVA.
Depósitos fiscales hidrocarburos (desde 1-1-2025)
Titulares de depósitos fiscales de gasolinas, gasóleos o biocarburantes y empresarios que extraigan productos de esos depósitos.
Voluntarios
Cualquier sujeto pasivo IVA puede acogerse voluntariamente al SII.
Cómo funciona el envío técnico
El proceso técnico tiene cinco pasos:
- Generación del XML: tu software de facturación (ERPNext) compone un XML según el esquema oficial AEAT (XSD público en sede.agenciatributaria.gob.es) con datos de la factura: emisor, receptor, base, cuotas, fecha y campo "tipo de operación".
- Firma digital: el XML se firma con un certificado cualificado del titular o representante (FNMT, Camerfirma, Firma Profesional, etc.) usando XAdES-BES.
- Envío SOAP: el XML firmado se envía vía SOAP al endpoint de la AEAT (
www1.agenciatributaria.gob.es/wlpl/SSII-FACT/ws/...) usando TLS mutuo (cliente y servidor con certificado). - Respuesta AEAT: la AEAT responde con un XML que indica para cada factura del lote si se ha aceptado, aceptado con errores formales (warning) o rechazado, junto con código de error si aplica.
- Reintento si rechazo: si una factura se rechaza por error en datos, ERPNext lo registra en su panel de incidencias para que el operador la corrija y reenvíe antes de que prescriba el plazo de 4 días.
Importante: el plazo es de 4 días naturales desde la emisión (facturas emitidas) o desde la fecha de registro contable (recibidas), excluidos sábados, domingos y festivos nacionales. Si lo hace una asesoría como representante, el plazo se amplía a 8 días.
SII vs VeriFactu: no son lo mismo
SII
- Aplica a Libros Registro IVA (libros internos)
- Solo grandes empresas, REDEME, grupos IVA, hidrocarburos
- Plazo 4 días naturales (8 si lo hace asesoría)
- Envío vía SOAP a AEAT
- Sustituye modelos 347 y 390
- Existe desde 2017
VeriFactu
- Aplica a facturas individuales (cualquiera)
- Obligatorio para empresas (1-1-2027) y autónomos (1-7-2027)
- Envío en tiempo real (modalidad VeriFactu)
- Huella SHA-256 + encadenamiento + QR + envío AEAT
- RD 1007/2023 + Orden HAC/1177/2024
- Convive con SII para empresas grandes
Una gran empresa sujeta a SII desde 2017 también será sujeta a VeriFactu en 2027. Los dos sistemas se complementan.
— FAQ
Preguntas frecuentes sobre SII en ERPNext
Las dudas reales del CFO o director financiero de empresa obligada al SII.
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