VeriFactu

VeriFactu 2027: guía completa para tu empresa

La normativa de facturación electrónica de la Agencia Tributaria será obligatoria desde enero de 2027 para empresas y desde julio de 2027 para autónomos. Te explicamos qué es VeriFactu, a quién afecta, las sanciones del artículo 201 bis LGT y cómo prepararte.

> Actualización mayo 2026 — Calendario oficial vigente tras el aplazamiento publicado por Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre: empresas (personas jurídicas) antes del 1 de enero de 2027, autónomos y resto de obligados antes del 1 de julio de 2027 (nota informativa AEAT, 26 de marzo de 2026). La Orden HAC/1177/2024 del 17 de octubre de 2024 fijó las especificaciones técnicas; el régimen sancionador del artículo 201 bis de la Ley General Tributaria está plenamente en vigor desde la Ley 11/2021. Fuentes oficiales: BOE — RD 1007/2023, BOE — Orden HAC/1177/2024, BOE — RDL 15/2025, Sede AEAT.

¿Qué es VeriFactu?

VeriFactu es el sistema de verificación de facturas que exige la Agencia Tributaria española (AEAT), creado por la Ley 11/2021 antifraude y desarrollado por el Real Decreto 1007/2023, con las especificaciones técnicas cerradas en la Orden HAC/1177/2024 del 17 de octubre de 2024. Su objetivo es que ninguna factura emitida por software pueda modificarse o borrarse sin dejar rastro.

El sistema obliga a que los programas de facturación generen registros con una huella digital única (hash SHA-256), encadenados entre sí de forma similar a una cadena de bloques. Esto garantiza que las facturas no pueden modificarse ni eliminarse sin dejar rastro.

Existen dos modalidades dentro del sistema:

  • Modalidad VeriFactu: el software envía cada factura a la AEAT en tiempo real. Es la opción recomendada por Hacienda y la que conlleva más beneficios fiscales.
  • Modalidad NoVeriFactu: el software no envía en tiempo real, pero refuerza los controles internos (cadena local inalterable, conservación reforzada). Apta para negocios que operan a veces sin conexión.

¿Por qué la AEAT ha puesto en marcha VeriFactu?

Durante años ha circulado software de doble contabilidad: programas que emitían el ticket al cliente y permitían borrar después ese registro de los libros oficiales. Cerrar esa vía es justo el objetivo del reglamento. Con VeriFactu cada factura queda sellada en el instante en que se emite, de modo que eliminarla deja un hueco visible en la cadena de huellas. Portugal lleva años aplicando un sistema equivalente y España sigue el mismo camino con normativa propia.

VeriFactu y el SII: en qué se diferencian

El SII (Suministro Inmediato de Información) funciona desde 2017 y solo alcanza a quienes facturan más de 6 millones de euros al año: esas empresas remiten el detalle de sus libros de IVA a la AEAT en plazos de días. VeriFactu extiende esa lógica de control al resto del tejido productivo, pero con otro planteamiento: en lugar de enviar los libros, el software sella cada factura con una huella encadenada que Hacienda puede verificar. Si ya estás en el SII, no tienes que adaptarte a VeriFactu. Comparamos ambos sistemas punto por punto en VeriFactu frente al SII.

¿Cuándo entra en vigor?

La normativa técnica quedó cerrada con la Orden HAC/1177/2024, del 17 de octubre de 2024, y el calendario de obligatoriedad lo fijó el Real Decreto-ley 15/2025, que aplazó las fechas iniciales del RD 1007/2023. La AEAT confirmó los nuevos plazos en nota informativa del 26 de marzo de 2026: no hay más prórrogas publicadas en BOE.

Calendario oficial AEAT

FechaHito
5 de diciembre de 2023Publicación del RD 1007/2023 (Reglamento SIF / RRSIF) en BOE
17 de octubre de 2024Publicación de la Orden HAC/1177/2024 (especificaciones técnicas)
2 de diciembre de 2025Publicación del Real Decreto-ley 15/2025, que aplaza el calendario
Durante 2026Fabricantes de software adaptan sus productos y firman la declaración responsable de conformidad. Periodo de pruebas con la AEAT abierto.
1 de enero de 2027Obligatorio para empresas y personas jurídicas (sujetos pasivos del Impuesto de Sociedades)
1 de julio de 2027Obligatorio para autónomos, profesionales y resto de obligados

Por qué no conviene apurar el plazo

Esas fechas marcan el final del camino, no el principio. Quien arranca con margen puede probar el envío en el entorno de pruebas de la AEAT, formar a las personas que facturan a diario y resolver incidencias sin prisa. Quien lo deja para el último trimestre se juega la facturación de enero. Si quieres el detalle del aplazamiento y de lo que cambió exactamente, lo desglosamos en la prórroga del RD-ley 15/2025.

¿Quién está obligado a cumplir con VeriFactu?

La normativa afecta a todos los empresarios y profesionales que utilicen software para emitir facturas. Es decir, si usas cualquier programa de facturación (desde Excel avanzado hasta un ERP completo), debes cumplir con VeriFactu, sin que importe el tamaño del negocio, la forma jurídica ni el sector de actividad.

La clave está en si facturas con un programa

Da igual el tamaño del negocio y la forma jurídica: entran las sociedades limitadas, las anónimas, las cooperativas, las asociaciones que facturan, y también los autónomos y profesionales que trabajan por su cuenta. Lo que decide es el medio. Si rellenas facturas a mano en un talonario de papel, VeriFactu no te alcanza, aunque sí puede alcanzarte la factura electrónica B2B obligatoria. Si enciendes el ordenador para facturar, y eso incluye las hojas de cálculo con formato de factura, estás dentro del alcance.

Excepciones

Quedan fuera del sistema:

  • Contribuyentes acogidos al SII, porque ya remiten sus registros a la AEAT en plazos de días.
  • Territorios forales: País Vasco y Navarra tienen normativa propia y aplican TicketBAI, con calendario y especificaciones distintas.
  • Autónomos en estimación objetiva (módulos), en los supuestos en que no están obligados a emitir factura completa.
  • Acogidos al Régimen Especial de la Agricultura, Ganadería y Pesca (REAGP).
  • Quien factura sin ningún programa informático, a mano o en talonario.
  • Determinadas operaciones B2C con factura simplificada, en supuestos muy tasados.

Si no estás en ninguna de estas categorías, estás obligado. Conviene revisarlo con calma: la exención no siempre es automática, depende de las circunstancias concretas de cada contribuyente y, si en algún momento cambias de régimen fiscal, pasas a estar obligado. Repasamos los casos uno a uno en quién está exento de VeriFactu y en TicketBAI frente a VeriFactu.

¿Qué implica técnicamente VeriFactu?

Tu software de facturación debe cumplir seis requisitos técnicos concretos: generar un hash único por factura, encadenarlos de forma inalterable, registrar en el mismo instante de la emisión, incorporar un código QR de verificación, permitir el envío opcional a la AEAT y venir acompañado de la declaración responsable del fabricante.

1. Generación de huella digital

Cada factura debe generar un hash único que incluye:

  • Datos identificativos del emisor (NIF, nombre)
  • Número y serie de factura
  • Fecha de emisión
  • Base imponible, tipo de IVA y cuota
  • Datos del destinatario
  • Hash de la factura anterior (encadenamiento)

2. Registro inalterable

El software debe guardar un registro que no pueda modificarse. Si se anula una factura, debe quedar constancia. No se puede "borrar" nada.

3. Envío a la AEAT (opcional pero recomendado)

Aunque no es obligatorio enviar las facturas en tiempo real (como el SII), el software puede hacerlo. Los que lo hagan tendrán beneficios fiscales como plazos más amplios para presentar modelos.

4. Código QR

Las facturas deben incluir un código QR que permita a cualquiera verificar su autenticidad contra los registros de la Agencia Tributaria.

5. Registro en el mismo momento de la emisión

El registro de facturación tiene que generarse en el instante en que se emite la factura, no horas ni días después. Esto descarta de raíz los flujos en los que se factura en papel durante la jornada y alguien vuelca los datos al sistema al cierre de caja.

6. Declaración responsable del fabricante

Quien desarrolla o comercializa el programa está obligado a emitir una declaración responsable en la que certifica que cumple el RD 1007/2023 y la Orden HAC/1177/2024. Pídesela a tu proveedor por escrito: es el documento que acredita que el software con el que facturas es conforme. Y ojo con el reclamo publicitario, porque no existe ningún registro oficial de programas homologados, tal como contamos en software homologado VeriFactu.

Si tu programa actual no cubre estos seis puntos, no basta con una actualización de aspecto: hay que calcular hashes, encadenar registros de forma inmutable e imprimir el QR en cada factura, tanto en papel como en PDF. Tienes el detalle del cálculo en cómo funciona el hash SHA-256 de VeriFactu y la especificación gráfica en el código QR de VeriFactu.

Sanciones por incumplimiento

El régimen sancionador está regulado en el artículo 201 bis de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003), introducido por la Ley 11/2021 antifraude. Las cuantías llegan a 50.000 € para quien factura con software no conforme y a 150.000 € para quien lo fabrica o comercializa. Van por ejercicio fiscal, así que se acumulan año a año.

SujetoInfracciónSanción
Empresas y autónomosUsar software de facturación no conforme al RD 1007/2023 de manera reiterada50.000 € por ejercicio fiscal
Fabricantes y comercializadoresProducir o vender software no conforme150.000 € por ejercicio y categoría de programa
CualquieraFacturas sin trazabilidad (régimen accesorio)150 € por factura, con un tope mínimo del 0,5 % del volumen de operaciones

La sanción se reduce un 25 % si se paga en plazo voluntario y se renuncia a recurso. La manipulación dolosa de registros puede acarrear, además, responsabilidad penal por delito contra la Hacienda Pública (arts. 305 y siguientes del Código Penal).

En la práctica, lo único razonable es tener el software adaptado antes del 1 de enero de 2027 (empresas) o antes del 1 de julio de 2027 (autónomos y profesionales). Más detalle en Sede AEAT.

Lo que se suele pasar por alto

La sanción de 50.000 € se aplica por ejercicio fiscal, así que dos años sin adaptarse no cuestan lo mismo que uno. Y el expediente rara vez llega solo: un incumplimiento detectado abre la puerta a una inspección que revisa el resto de la contabilidad, con lo que pueda salir de ahí. Llegar tarde sale siempre más caro que adaptarse a tiempo. Desglosamos cuantías, reducciones y plazos en sanciones VeriFactu y en multas VeriFactu 2027.

¿Cómo prepararse?

1. Comprueba si estás obligado

Contrasta tu situación con la lista de excepciones de arriba. Si emites facturas con cualquier programa y no estás en el SII, en módulos, en el REAGP ni en territorio foral, tienes que adaptarte. Ante la duda, pregunta a tu asesoría antes de invertir en nada.

2. Fija tu fecha límite y trabaja hacia atrás

Sociedades y personas jurídicas: 1 de enero de 2027. Autónomos y profesionales: 1 de julio de 2027. Apunta la fecha, réstale el tiempo de implantación y tendrás el mes en el que deberías empezar a moverte.

3. Audita tu software actual

Pregunta a tu proveedor de software:

  • ¿Vuestro software cumplirá con VeriFactu?
  • ¿En qué versión y con qué fecha estará disponible?
  • ¿Me entregáis la declaración responsable por escrito?
  • ¿Qué actualizaciones necesitaré hacer y qué coste tienen?

Si no puede darte la declaración responsable, ya tienes la respuesta. Y si facturas con Excel o con soluciones caseras, el cambio no es opcional.

4. Evalúa alternativas con criterio

No compares solo el precio de la licencia. Mira si el programa cubre tu contabilidad española completa (PGC, IVA, retenciones), si aguanta el crecimiento del negocio y si tienes soporte en español cuando algo falle un viernes por la tarde. Merece la pena valorar un ERP que traiga VeriFactu de serie en lugar de parchear el sistema actual: ERPNext con nuestro módulo VeriFactu te da cumplimiento desde el primer día, integración con contabilidad, inventario y ventas, y ningún coste de licencia por usuario.

5. Implementa con margen de prueba

No apures la fecha límite. Una implantación seria lleva entre dos y seis meses e incluye migración de datos históricos, configuración del módulo, pruebas de envío contra el entorno de la AEAT y ajustes finos antes de emitir la primera factura real.

6. Forma a quien factura

De poco sirve el mejor programa si nadie sabe usarlo. Dedica tiempo a formar a las personas que emiten facturas y llevan la contabilidad: cómo se hace una rectificativa, qué ocurre al anular, a quién se avisa si un envío a la AEAT falla.

Si prefieres una lista de tareas con casillas para ir marcando, tenemos el checklist VeriFactu paso a paso. Y si eres autónomo, en VeriFactu para autónomos contamos qué cambia respecto a las empresas.

VeriFactu en ERPNext: nuestra solución

En CodigoNext hemos desarrollado un módulo VeriFactu propio para ERPNext que cumple con todas las especificaciones técnicas de la AEAT. Se integra directamente en el motor de facturación de ERPNext, sin conectores externos ni pasarelas de terceros, así que cada factura queda sellada y encadenada en el mismo momento en que se emite.

Características

  • Generación automática de hashes en cada factura
  • Encadenamiento de registros conforme a la normativa
  • Código QR en todas las facturas
  • Envío opcional a la AEAT en tiempo real
  • Registro de auditoría inalterable
  • Integración nativa con el módulo de facturación de ERPNext

Ventajas

  • No pagas licencias adicionales
  • El código es tuyo (open source)
  • Actualizaciones incluidas mientras la normativa evolucione
  • Soporte técnico local

Preguntas frecuentes sobre VeriFactu

¿Afecta a autónomos?

Sí, desde el 1 de julio de 2027, si usas software para facturar. Un autónomo que hace facturas manualmente (procesador de textos, papel) no entra en VeriFactu, pero si usa Holded, FacturaDirecta, A3, Quipu, Contasol, ERPNext o cualquier programa de facturación, sí tiene que cumplir. También quedan fuera los acogidos al régimen simplificado de módulos y al REAGP.

¿Qué empresas están exentas?

Quedan fuera de VeriFactu:

  • Contribuyentes ya acogidos al SII (Suministro Inmediato de Información), por facturar más de 6 millones de euros anuales.
  • Territorios forales con normativa propia: País Vasco y Navarra usan TicketBAI (sistema equivalente con calendario y especificaciones propias).
  • Acogidos a módulos o REAGP.
  • Quien emite facturas sin software, manualmente.
  • Determinadas operaciones B2C con factura simplificada en supuestos muy limitados.

¿Qué pasa con las facturas emitidas antes de 2027?

No se aplica retroactivamente. Solo afecta a facturas emitidas desde el 1 de enero de 2027 (empresas) o 1 de julio de 2027 (autónomos).

¿VeriFactu es lo mismo que la factura electrónica B2B obligatoria de 2027?

No. Son dos regulaciones distintas que coinciden en el tiempo:

  • VeriFactu (RD 1007/2023, AEAT): obliga a que el software de facturación sea verificable, trazable e inalterable.
  • Factura electrónica B2B obligatoria (Ley 18/2022 Crea y Crece, Ministerio de Asuntos Económicos): obliga a que las facturas entre empresas y autónomos se emitan en formato electrónico estructurado.

Un buen ERP cubre ambas: ERPNext con nuestro módulo VeriFactu resuelve los dos frentes sin contratar plataformas adicionales.

¿Puedo seguir usando Excel?

Técnicamente sí, pero deberías usar una plantilla certificada que genere los hashes. En la práctica, es mejor migrar a un software profesional.

¿Cómo sé si mi programa de facturación actual cumple?

Pídele a tu proveedor la declaración responsable de conformidad con el RD 1007/2023 y la Orden HAC/1177/2024, y comprueba que el programa genera hash SHA-256, encadena los registros, imprime el código QR y permite enviar a la AEAT. Muchos programas veteranos de escritorio y las plantillas de hoja de cálculo no llegan a cumplirlo. Si tu proveedor no te confirma fecha ni te entrega el documento, empieza a mirar alternativas ya.

¿Cómo funciona el hash SHA-256 en VeriFactu?

Es una función matemática que convierte el contenido de la factura en una cadena de 64 caracteres. Si cambias una coma, un importe o un NIF, el resultado es completamente distinto, así que cualquier retoque posterior queda al descubierto. Además, cada registro incorpora el hash del anterior, de modo que borrar una factura del medio rompe la cadena entera. Lo explicamos con el detalle del algoritmo en el hash SHA-256 de VeriFactu.

¿Cuánto tiempo necesito para adaptarme?

Depende del punto de partida. Si ya trabajas con un ERP moderno, la adaptación puede resolverse en semanas. Si vienes de un programa antiguo o de hojas de cálculo, cuenta entre tres y seis meses incluyendo migración de datos, pruebas y formación. Lo sensato es arrancar la planificación al menos medio año antes de tu fecha límite.

¿Cuánto cuesta adaptar mi empresa?

Depende de tu situación actual. Si ya usas un ERP, puede ser solo una actualización. Si trabajas con herramientas dispersas, hará falta una implantación completa. La implantación base parte de 2.500 €. A partir de ahí el precio lo marca el alcance real del proyecto —fabricación, integraciones, varias empresas o histórico que haya que migrar—, siempre con presupuesto cerrado tras el análisis previo gratuito.

Conclusión

VeriFactu no es opcional. El 1 de enero de 2027 es una fecha inamovible para empresas, y el 1 de julio para autónomos, con sanciones que llegan a los 50.000 €. La buena noticia es que tienes tiempo de sobra para prepararte con calma si empiezas a moverte ahora.

Según a qué te dediques, lo que tienes que mover cambia. Si llevas la contabilidad de otros, el problema no es tu programa sino el de tus clientes: lo desarrollamos en VeriFactu para asesorías. Si tu facturación sale de una caja registradora o un TPV, lo que cambia está en VeriFactu para comercios y hostelería. Y si tienes que integrarlo tú, el detalle del registro, la huella y el envío está en la guía de la API de VeriFactu.

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Las normas, en su fuente

Lo que se afirma aquí sobre la normativa sale de estos textos oficiales, no de un resumen de terceros ni de un blog citando a otro blog. Enlazamos siempre la versión consolidada, así que cuando la norma se modifica el enlace sigue llevando a la que está en vigor y no a una redacción que ya no aplica.

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