> Actualización mayo 2026 — Calendario oficial vigente tras el aplazamiento publicado por Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre: empresas (personas jurídicas) antes del 1 de enero de 2027, autónomos y resto de obligados antes del 1 de julio de 2027 ([nota informativa AEAT, 26 de marzo de 2026](https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/iva/sistemas-informaticos-facturacion-verifactu/nota-informativa-ampliacion-plazo-adaptacion-facturacion.html)). La Orden HAC/1177/2024 del 17 de octubre de 2024 fijó las especificaciones técnicas; el régimen sancionador del artículo 201 bis de la Ley General Tributaria está plenamente en vigor desde la Ley 11/2021. Fuentes oficiales: [BOE — RD 1007/2023](https://www.boe.es/eli/es/rd/2023/12/05/1007), [BOE — Orden HAC/1177/2024](https://www.boe.es/eli/es/o/2024/10/17/hac1177), [BOE — RDL 15/2025](https://www.boe.es/eli/es/rdl/2025/12/02/15), [Sede AEAT](https://sede.agenciatributaria.gob.es/).
¿Qué es VeriFactu?
VeriFactu es el sistema de verificación de facturas establecido por la Agencia Tributaria española (AEAT) a través de la Ley 11/2021 antifraude, desarrollado por el Real Decreto 1007/2023 (Sistemas Informáticos de Facturación, SIF) y concretado técnicamente en la Orden HAC/1177/2024 del 17 de octubre. Su objetivo es garantizar la integridad y trazabilidad de las facturas emitidas por software de facturación.
El sistema obliga a que los programas de facturación generen registros con una huella digital única (hash SHA-256), encadenados entre sí de forma similar a una cadena de bloques. Esto garantiza que las facturas no pueden modificarse ni eliminarse sin dejar rastro.
Existen dos modalidades dentro del sistema:
- **Modalidad VeriFactu**: el software envía cada factura a la AEAT en tiempo real. Es la opción recomendada por Hacienda y la que conlleva más beneficios fiscales.
- **Modalidad NoVeriFactu**: el software no envía en tiempo real, pero refuerza los controles internos (cadena local inalterable, conservación reforzada). Apta para negocios que operan a veces sin conexión.
¿Cuándo entra en vigor?
La normativa técnica quedó cerrada con la Orden HAC/1177/2024 (17 de octubre de 2024) y el calendario actual de obligatoriedad fue fijado por el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, que aplazó las fechas iniciales del RD 1007/2023. La AEAT publicó nota informativa el 26 de marzo de 2026 confirmando los nuevos plazos. A día de hoy (mayo 2026) el calendario en vigor es el siguiente y no hay prórrogas adicionales publicadas en BOE.
Calendario oficial AEAT
| Fecha | Hito |
|---|---|
| 5 de diciembre de 2023 | Publicación del RD 1007/2023 (Reglamento SIF / RRSIF) en BOE |
| 17 de octubre de 2024 | Publicación de la Orden HAC/1177/2024 (especificaciones técnicas) |
| 2 de diciembre de 2025 | Publicación del **Real Decreto-ley 15/2025**, que aplaza el calendario |
| Durante 2026 | Fabricantes de software adaptan sus productos y firman la declaración responsable de conformidad. Periodo de pruebas con la AEAT abierto. |
| **1 de enero de 2027** | **Obligatorio para empresas y personas jurídicas** (sujetos pasivos del Impuesto de Sociedades) |
| **1 de julio de 2027** | **Obligatorio para autónomos, profesionales y resto de obligados** |
¿Quién está obligado a cumplir con VeriFactu?
La normativa afecta a todos los empresarios y profesionales que utilicen software para emitir facturas. Es decir, si usas cualquier programa de facturación (desde Excel avanzado hasta un ERP completo), debes cumplir con VeriFactu.
Excepciones
Solo están exentos:
- **Empresas que usan el SII** (Suministro Inmediato de Información): Grandes empresas que ya envían sus facturas a Hacienda en tiempo real.
- **Facturas simplificadas** en supuestos muy limitados (tickets de pequeño importe en determinados sectores).
Si no estás en ninguna de estas categorías, estás obligado.
¿Qué implica técnicamente VeriFactu?
Tu software de facturación debe cumplir los siguientes requisitos:
1. Generación de huella digital
Cada factura debe generar un hash único que incluye:
- Datos identificativos del emisor (NIF, nombre)
- Número y serie de factura
- Fecha de emisión
- Base imponible, tipo de IVA y cuota
- Datos del destinatario
- Hash de la factura anterior (encadenamiento)
2. Registro inalterable
El software debe guardar un registro que no pueda modificarse. Si se anula una factura, debe quedar constancia. No se puede "borrar" nada.
3. Envío a la AEAT (opcional pero recomendado)
Aunque no es obligatorio enviar las facturas en tiempo real (como el SII), el software puede hacerlo. Los que lo hagan tendrán beneficios fiscales como plazos más amplios para presentar modelos.
4. Código QR
Las facturas deben incluir un código QR que permita a cualquiera verificar su autenticidad contra los registros de la Agencia Tributaria.
Sanciones por incumplimiento
El régimen sancionador está regulado en el artículo 201 bis de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003), introducido por la Ley 11/2021 antifraude. Las cuantías son las siguientes:
| Sujeto | Infracción | Sanción |
|---|---|---|
| Empresas y autónomos | Usar software de facturación no conforme al RD 1007/2023 de manera reiterada | **50.000 €** por ejercicio fiscal |
| Fabricantes y comercializadores | Producir o vender software no conforme | **150.000 €** por ejercicio y categoría de programa |
| Cualquiera | Facturas sin trazabilidad (régimen accesorio) | 150 € por factura, con un tope mínimo del 0,5 % del volumen de operaciones |
La sanción se reduce un 25 % si se paga en plazo voluntario y se renuncia a recurso. La manipulación dolosa de registros puede acarrear, además, responsabilidad penal por delito contra la Hacienda Pública (arts. 305 y siguientes del Código Penal).
En la práctica, lo único razonable es tener el software adaptado antes del 1 de enero de 2027 (empresas) o antes del 1 de julio de 2027 (autónomos y profesionales). Más detalle en [Sede AEAT](https://sede.agenciatributaria.gob.es/).
¿Cómo prepararse?
1. Audita tu software actual
Pregunta a tu proveedor de software:
- ¿Vuestro software cumplirá con VeriFactu?
- ¿Cuándo tendréis la certificación?
- ¿Qué actualizaciones necesitaré hacer?
Si usan Excel o soluciones "caseras", es momento de cambiar.
2. Planifica la transición
No esperes a diciembre de 2026. La migración a un nuevo sistema lleva tiempo:
- Migración de datos históricos
- Formación del equipo
- Pruebas y ajustes
3. Considera un ERP con VeriFactu nativo
En lugar de parchear tu sistema actual, considera implementar un ERP que ya incluya VeriFactu. ERPNext con nuestro módulo VeriFactu te ofrece:
- Cumplimiento garantizado desde el primer día
- Sin costes adicionales de licencia
- Integración total con contabilidad, inventario y ventas
- Soporte local en español
VeriFactu en ERPNext: nuestra solución
En CodigoNext hemos desarrollado un módulo VeriFactu propio para ERPNext que cumple con todas las especificaciones técnicas de la AEAT.
Características
- **Generación automática de hashes** en cada factura
- **Encadenamiento** de registros conforme a la normativa
- **Código QR** en todas las facturas
- **Envío opcional** a la AEAT en tiempo real
- **Registro de auditoría** inalterable
- **Integración nativa** con el módulo de facturación de ERPNext
Ventajas
- No pagas licencias adicionales
- El código es tuyo (open source)
- Actualizaciones incluidas mientras la normativa evolucione
- Soporte técnico local
Preguntas frecuentes
¿Afecta a autónomos?
Sí, desde el 1 de julio de 2027, si usas software para facturar. Un autónomo que hace facturas manualmente (procesador de textos, papel) no entra en VeriFactu, pero si usa Holded, FacturaDirecta, A3, Quipu, Contasol, ERPNext o cualquier programa de facturación, sí tiene que cumplir. También quedan fuera los acogidos al régimen simplificado de módulos y al REAGP.
¿Qué empresas están exentas?
Quedan fuera de VeriFactu:
- Contribuyentes ya acogidos al **SII** (Suministro Inmediato de Información), por facturar más de 6 millones de euros anuales.
- **Territorios forales** con normativa propia: País Vasco y Navarra usan **TicketBAI** (sistema equivalente con calendario y especificaciones propias).
- Acogidos a **módulos** o **REAGP**.
- Quien emite facturas **sin software**, manualmente.
- Determinadas operaciones B2C con factura simplificada en supuestos muy limitados.
¿Qué pasa con las facturas emitidas antes de 2027?
No se aplica retroactivamente. Solo afecta a facturas emitidas desde el 1 de enero de 2027 (empresas) o 1 de julio de 2027 (autónomos).
¿VeriFactu es lo mismo que la factura electrónica B2B obligatoria de 2027?
No. Son dos regulaciones distintas que coinciden en el tiempo:
- **VeriFactu** (RD 1007/2023, AEAT): obliga a que el software de facturación sea verificable, trazable e inalterable.
- **Factura electrónica B2B obligatoria** (Ley 18/2022 Crea y Crece, Ministerio de Asuntos Económicos): obliga a que las facturas entre empresas y autónomos se emitan en formato electrónico estructurado.
Un buen ERP cubre ambas: [ERPNext con nuestro módulo VeriFactu](/servicios/verifactu/) resuelve los dos frentes sin contratar plataformas adicionales.
¿Puedo seguir usando Excel?
Técnicamente sí, pero deberías usar una plantilla certificada que genere los hashes. En la práctica, es mejor migrar a un software profesional.
¿Cuánto cuesta adaptar mi empresa?
Depende de tu situación actual. Si ya usas un ERP, puede ser solo una actualización. Si usas herramientas dispersas, puede requerir una implementación completa. Contacta con nosotros para una evaluación gratuita.
Conclusión
VeriFactu no es opcional. El 1 de enero de 2027 es una fecha inamovible y las sanciones son significativas. La buena noticia es que tienes tiempo para prepararte si actúas ahora.
¿Quieres saber si tu empresa está preparada? Solicita una auditoría gratuita y te ayudamos a definir el camino hacía el cumplimiento.