RD-ley 15/2025: por qué VeriFactu ahora es 2027
El Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, aplazó la obligatoriedad de VeriFactu hasta el 1 de enero de 2027 (sociedades) y el 1 de julio de 2027 (resto). Es la segunda prórroga del calendario original. Texto del BOE, convalidación parlamentaria (179-168-1) y justificación oficial, con la historia de las tres prórrogas.
El Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, publicado en el BOE el 3 de diciembre de 2025 (BOE-A-2025-24446), aplazó un año adicional el calendario de obligatoriedad de VeriFactu. Las fechas vigentes son ahora 1 de enero de 2027 para sociedades y 1 de julio de 2027 para el resto de obligados. La norma fue convalidada por el Congreso el 11 de diciembre de 2025 con 179 votos a favor, 168 en contra y 1 abstención (BOE-A-2025-25695).
Las tres prórrogas que han movido VeriFactu hasta 2027
| Norma | Publicación BOE | Fechas que fijó |
|---|---|---|
| RD 1007/2023 (original) | 6 de diciembre de 2023 | 1 de julio de 2025 (todos los obligados) |
| RD 254/2025 (primera prórroga) | 2 de abril de 2025 | 1 enero 2026 (IS) / 1 julio 2026 (resto) |
| RD-ley 15/2025 (vigente) | 3 de diciembre de 2025 | 1 enero 2027 (IS) / 1 julio 2027 (resto) |
Fuentes: RD 1007/2023, RD 254/2025, RD-ley 15/2025.
Por qué se aplazó, según el Gobierno
El preámbulo del RD-ley 15/2025 justifica el aplazamiento con dos motivos: la imposibilidad de tramitar la modificación reglamentaria necesaria antes de la aplicabilidad de los requisitos, y la necesaria adaptación de los sistemas informáticos de facturación y la conveniencia de garantizar una implantación ordenada y homogénea en todo el tejido empresarial español.
Detrás de esa redacción técnica está la realidad: una encuesta de TeamSystem de octubre de 2025 mostraba que el 62 % de las pymes no tenía plan de adaptación; estimaciones de coste de adaptación de entre 1.000 y 6.000 € para una pyme media; y una jornada conjunta de CEOE, CEPYME y ATA con la AEAT en noviembre de 2025 sobre «aspectos prácticos VeriFactu» que confirmó la presión coordinada de empresas y fabricantes (Sage, Holded, FacturaDirecta, A3innuva, PIMEC).
El Ministerio de Hacienda comunicó la decisión el 2 de diciembre de 2025 como una medida pragmática que respondía a una petición consensuada del ecosistema empresarial y de los fabricantes de software.
El Congreso convalidó la prórroga por 11 votos
Todo Real Decreto-ley debe ser convalidado por el Congreso de los Diputados en 30 días naturales desde su publicación (art. 86.2 CE). El RD-ley 15/2025 se convalidó el 11 de diciembre de 2025, ocho días después de su publicación, con el siguiente resultado:
- 179 votos a favor
- 168 votos en contra
- 1 abstención
La resolución se publicó en el BOE el 16 de diciembre de 2025 (BOE-A-2025-25695). Además, el Pleno acordó tramitar el RD-ley como proyecto de ley por la vía de urgencia para permitir enmiendas parlamentarias. A mayo de 2026 ese trámite sigue abierto en el BOCG.
— FAQ
Preguntas frecuentes sobre la prórroga de VeriFactu
Calendario, justificación, convalidación parlamentaria y qué hacer con el tiempo que da el aplazamiento.
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¿Cómo se convalidó el RD-ley en el Congreso?+−
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El aplazamiento da margen pero no es invitación a esperar. Si tu software actual no cumple, lo mejor es planificar el cambio entre el verano de 2026 y el otoño de 2026 para llegar tranquilo al 1 de enero o 1 de julio de 2027.