Hacienda anunció el 5 de octubre de 2026 que aplazará la obligación de VeriFactu hasta octubre de 2028, para hacerla coincidir con la factura electrónica obligatoria de pymes y autónomos. La fecha será oficial cuando se publique en el BOE la modificación del Real Decreto 1007/2023; hasta entonces, la norma vigente mantiene el 1 de enero de 2027 para sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto. Lo contamos en qué cambia con el aplazamiento.
El marco técnico no se mueve: lo forman el RD 1007/2023, que aprueba el reglamento de facturación, y la Orden HAC/1177/2024, con las especificaciones técnicas. El RD-ley 15/2025 es el que fijó el calendario que sigue en vigor mientras no se publique el cambio.
A partir de tu fecha, el programa que emita tus facturas tiene que generar un registro de facturación encadenado con su huella, imprimir el código QR y la leyenda en la factura, y garantizar que ese registro no se puede alterar ni borrar. El fabricante, por su parte, tiene que firmar una declaración responsable de conformidad. No es algo que decidas tú: lo cumple el software o no lo cumple.
¿Y si sigues en Holded? Por este lado no tienes nada urgente pendiente. Lo que sí conviene tener claro es lo otro: si vas a cambiar de programa por cualquiera de los motivos funcionales o económicos de más arriba, mejor antes de tu fecha que después. Cambiar cuando VeriFactu ya te sea exigible significa partir la cadena de registros de facturación entre dos sistemas y tener que explicar cómo se cierra uno y arranca el otro. Es perfectamente legal y se gestiona, pero es trabajo añadido que te ahorras moviéndote con margen.